El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado este jueves el recurso presentado por Datxu Peris tras la sentencia que le condena por “atentar y suponer una intromisión ilegítima en el derecho al honor de Víctor Barrio”.
La Fundación del Toro de Lidia, en representación de la viuda y de los padres del torero fallecido, interpuso una demanda civil por derecho al honor contra la concejala de Catarroja tras sus mensajes vertidos en redes sociales en julio de 2016, ratificada por el Tribunal Supremo.
En este sentido, esta sentencia condena a Datxu Peris a abonar la totalidad que demandaba la FTL en representación de la familia del torero fallecido: 7.000 euros por una intromisión ilegítima en el derecho al honor, retirar de su red social el mensaje y publicar la sentencia condenatoria en la misma red social donde fue divulgado. La concejala deberá abonar las costas.
Asimismo, en la primera sentencia condenatoria ratificada se concluye que “las denominadas redes sociales no pueden ser un subterfugio donde todo cabe y todo vale desde la creencia errónea de estar amparado, oculto o protegido por un perfil social”.
Fue en noviembre de 2017 cuando el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Sepúlveda estimó la demanda de la FTL y declaró culpable a la concejala de Catarroja, decisión recurrida por la condenada. El 8 de marzo de 2018 la Audiencia Provincial de Segovia dictó sentencia confirmando la decisión tomada en primera instancia y citada anteriormente.
Ésta también fue recurrida y este jueves, 4 de abril, el Tribunal Supremo confirma la condena por intromisión al derecho honor de Víctor Barrio. La Fundación del Toro de Lidia valora de forma muy positiva la sentencia dictada pues, además, crea un precedente de cara al futuro de la defensa por parte de la entidad en acciones similares.
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El Tribunal Supremo confirma la condena de Datxu Peris
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